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Economía

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Expiden ley de firma electrónica avanzada

Con el fin de regular el uso de la firma electrónica avanzada en la administración pública, el gobierno expidió una ley que será obligatoria para todas las dependencias en sus comunicaciones, actos jurídicos y servicios a partir de mayo próximo.

Con el fin de regular el uso de la firma electrónica avanzada en la administración pública, el gobierno expidió una ley que será obligatoria para todas las dependencias en sus comunicaciones, actos jurídicos y servicios a partir de mayo próximo.

La firma electrónica avanzada podrá ser utilizada en documentos electrónicos y, en su caso, en mensajes de datos.

Según la nueva ley, los documentos electrónicos y los mensajes de datos que cuenten con firma electrónica avanzada producirán los mismos efectos que los presentados con firma autógrafa y, en consecuencia, tendrán igual valor probatorio que las disposiciones aplicables les otorgan a éstos.

Las dependencias tendrán cuatro meses para contar con un programa del uso de la firma, en los que se contemplen los actos en los que sea factible la firma.

MENSAJES DE DATOS

De acuerdo con el nuevo ordenamiento, la firma electrónica avanzada podrá ser utilizada en documentos electrónicos y, en su caso, en mensajes de datos. Así, las dependencias y entidades en las comunicaciones y, en su caso, actos jurídicos que realicen entre las mismas harán uso de mensajes de datos y aceptarán la presentación de documentos electrónicos, los cuales deberán contar, cuando así se requiera, con la firma electrónica avanzada del servidor público facultado para ello.

Se determinó que las secretarías de la Función Pública y de Economía con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) serán las encargadas de emitir las disposiciones generales para el adecuado cumplimiento de la ley, mismas que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación.

Para los actos de comercio e inscripciones en el Registro Público de Comercio, el uso de la firma electrónica avanzada se regirá de conformidad con lo previsto en el Código de Comercio y demás ordenamientos aplicables en la materia, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en esta nueva ley en lo que resulte procedente.

Una de las características que se destacó es la confidencialidad para que la firma electrónica avanzada en un documento electrónico o, en su caso, en un mensaje de datos, garantice que sólo pueda ser cifrado por el firmante y el receptor.

Actualmente, la firma es una herramienta indispensable para los trámites ante el SAT para la declaración de impuestos y en materia de comercio exterior, así como los certificados fiscales digitales como comprobantes de ingresos.

También se utiliza para las inversiones en CetesDirecto, las cuales se hacen por Internet a través de una cuenta bancaria.

leonor.flores@eleconomista.mx

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