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Política

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PGR delega a Zerón para intervención de comunicaciones

El procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, delegó al director de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón, la facultad de autorizar la intervención de comunicaciones privadas.

Como parte de las técnicas de investigación, el procurador general de la República, Jesús Murillo Karam, delegó al director de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón, la facultad de autorizar las entregas vigiladas, operaciones encubiertas, intervención de comunicaciones privadas, localización geográfica en tiempo real o conservación inmediata de datos contenidos en redes.

En un acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación, la PGR precisa que como parte del nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales, el Procurador delegó también a los agentes del Ministerio Público de la Federación las facultades en materia de intervención de comunicaciones privadas, de localización geográfica en tiempo real o conservación inmediata de datos contenidos en redes, sistemas o equipos de informática.

El Código Nacional de Procedimientos Penales autoriza al Ministerio Público para solicitar al Juez de Control, previa autorización del Procurador General de la República o de los servidores públicos en quienes delegue esta facultad, el desistimiento de la acción penal, la cancelación de la orden de aprehensión, la intervención de comunicaciones, las entregas vigiladas y operaciones encubiertas y la sustitución de la prisión preventiva oficiosa por otra medida cautelar, a efecto de consolidar su actuación con apego a los derechos humanos y principios reconocidos por la Constitución y demás instrumentos jurídicos aplicables.

En ese marco, la solicitud de autorización que presente el director de la Agencia de Investigación Criminal, Tomás Zerón, deberá realizarse por escrito y remitirse a través de cualquier medio al titular de la unidad administrativa a la que se encuentre adscrito. Dicha solicitud deberá contener un informe ejecutivo de los requisitos y motivos que sustentan la solicitud.

La solicitud deberá ser resuelta y remitida al Ministerio Público de la Federación solicitante, por escrito o a través de cualquier medio que garantice su autenticidad en un plazo no mayor a 4 horas a que fue recibida .

Reglas para el procedimiento Abreviado

También en el DOF, la PGR dio a conocer los criterios generales y el procedimiento que deberán observar los agentes del Ministerio Público de la Federación, para solicitar la pena en el procedimiento abreviado.

El artículo 202 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que el Ministerio Público podrá solicitar la apertura del procedimiento abreviado después de que se dicte el auto de vinculación a proceso y hasta antes de la emisión del auto de apertura a juicio oral.

En ese marco, el procedimiento dado a conocer por la PGR, precisa que cuando el acusado no haya sido condenado previamente por delito doloso, y el delito por el cual se lleva a cabo el procedimiento abreviado es sancionado con pena de prisión, cuya media aritmética no exceda de cinco años, incluidas sus calificativas, el Ministerio Público podrá solicitar la reducción de hasta una mitad de la pena mínima en los casos de delitos dolosos y hasta dos terceras partes de la pena mínima en el caso de delitos culposos.

Se detalla que la reducción de la pena será desde un día de la pena máxima, hasta dos terceras partes de la pena mínima que le correspondiere al delito por el cual se le acusa, en el caso de delitos culposos, o desde un día de la pena máxima, hasta una mitad de la pena mínima que le correspondiere al delito por el cual se le acusa, en los casos de delitos dolosos.

Para la reducción de pena a imponer, deberá tomar en consideración: menor reducción si el imputado ha sido condenado por delito doloso en el fuero federal o local; menor reducción si el delito amerita prisión preventiva oficiosa, y mayor reducción si el imputado aportó información que colaboró de forma eficaz a evitar la comisión de otro delito o en la investigación de otros imputados o delitos.

En cualquier caso, podrá solicitar la reducción de hasta un tercio de la mínima en los casos de delitos dolosos y hasta en una mitad de la mínima en el caso de delitos culposos, de la pena de prisión.

jmonroy@eleconomista.com.mx

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