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Inai ordena a la FGR transparentar la investigación sobre el desplome de un tramo de la Línea 12 del Metro
El comisionado Adrián Alcalá Méndez explicó que con la presente resolución se busca abonar la rendición de cuentas en relación con los fondos asignados en principio al presupuesto y a la construcción de la línea.

Foto EE: Rosario Servin
Este miércoles, el Pleno del Inai ordenó a la Fiscalía General de la República entregar la versión pública de la carpeta de investigación abierta por el desplome de un tramo de la Línea 12 del Metro, el pasado 3 de mayo, incluyendo los datos de los servidores públicos que son imputados.
Al exponer el caso durante la sesión del pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), el comisionado Adrián Alcalá Méndez, explicó que luego de que un particular solicitará la información a la FGR sobre el desplome en la Línea 12, la Fiscalía se declaró incompetente para conocer de la información, ello a pesar de que se había localizado una carpeta de investigación respecto de la información solicitada.
“(La FGR) no obstante, procedió a clasificarla como información reservada, bajo el fundamento del artículo 110, fracción XII, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, señalando que se encuentra en etapa de investigación ante el Ministerio Público. Además de que se encuentran en ella inmersos los datos de los denunciantes y de los imputados”, señaló el comisionado.
Por lo anterior, y luego de que se solicitará información adicional a la FGR, fue que el Inai conoció que los delitos por los que se aperturó la carpeta de investigación, son ejercicio ilícito del servicio público y de peculado, situación que también ocasionó que se actualiza una excepción a la reserva de la información, ya que la ley señala que “no podrá invocarse el carácter de reservado cuando se trate de información relacionada con actos de corrupción de acuerdo con las leyes aplicables”.
Asimismo, se dijo que en caso de que se mencione el nombre de algún servidor público en la investigación, dicho nombre no debe ser clasificado como confidencial.
“Si bien se actualiza la confidencialidad derivada del derecho a la protección de datos personales relacionados con el ámbito privado de las personas su derecho al honor y la presunción de inocencia, lo cierto es también que dar a conocer el o los nombres de las o los servidores públicos o ex servidores públicos que se encuentran, como ya se ha dicho, en esta investigación, permite fomentar la credibilidad de la sociedad en la rendición de cuentas a través de la transparencia y el ejercicio de la función pública que tienen conferida las y los servidores públicos”, argumentó Alcalá Méndez .
De tal suerte, añadió el comisionado, con la presente resolución se busca abonar la rendición de cuentas en relación con los fondos asignados en principio al presupuesto y a la construcción de la línea, y posteriormente al mantenimiento y ahora a la reparación de la misma, así como para conocer las causas que dieron origen al accidente que causó el fallecimiento de 26 personas y decenas de personas heridas.