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Plataformas vigiladas, ¿y el Estado?

Jorge Bravo | En comunicación
El gobierno federal quiere que las plataformas digitales identifiquen edades, retiren contenidos violentos de inmediato, vigilen sus sistemas de recomendación y entreguen pruebas a las autoridades. Todo eso forma parte del decreto para crear entornos digitales seguros para niñas, niños y adolescentes, publicado el 14 de octubre en el Diario Oficial de la Federación.
Hay preguntas que la norma no responde con la misma claridad. ¿Qué hará el Estado para prevenir la violencia escolar, investigar y proteger a las víctimas? Las plataformas ya moderan contenidos, pero no sustituyen a la policía cibernética, las fiscalías, las escuelas ni los servicios de salud mental.
El decreto impone obligaciones a las plataformas, pero deja la política pública en declaraciones. La protección de la niñez no depende de que una app borre publicaciones. Hace falta prevención, investigación, atención a víctimas y autoridades capaces de actuar antes de que el daño ocurra.
El artículo 3 prohíbe que las plataformas permitan el acceso, la exposición o la recomendación de contenidos que promuevan acoso y ciberbullying, abuso y explotación sexual, discursos de odio, extremismo violento, violencia masiva, conductas ilícitas, pornografía, suicidio, autolesiones y trastornos alimenticios en el entorno escolar.
El artículo 4 obliga a las redes sociales a establecer mecanismos confiables de verificación de edad, publicar criterios para identificar y retirar cuentas y contenidos, aplicar controles de acceso según la edad y mantener canales visibles para recibir denuncias. También exige activar por defecto opciones de privacidad y seguridad más estrictas, habilitar la supervisión parental y evaluar los riesgos de sus sistemas de recomendación e interacción.
La obligación de retirar de inmediato cuentas o contenidos que promuevan las conductas prohibidas eleva la presión sobre las plataformas. El decreto les pide elaborar informes estadísticos sobre los riesgos detectados y compartirlos con las autoridades para contribuir al diseño de estrategias de prevención y atención de la salud mental. Es decir, delega en las plataformas la evidencia empírica que las instituciones debieran tener para el diseño de políticas públicas educativas y de salud.
El artículo 5 añade obligaciones de colaboración con la justicia. Las empresas deberán designar un punto de contacto disponible las 24 horas para atender requerimientos de las autoridades. Tendrán que preservar 90 días hábiles las evidencias digitales de cuentas o contenidos retirados y alertar de inmediato a las autoridades sobre casos que atenten contra la vida, dignidad, seguridad, integridad o privacidad de menores.
¿Qué capacidad institucional existe del otro lado de la pantalla? ¿Quién recibe las alertas, evalúa los riesgos, investiga los hechos y da seguimiento a las denuncias? ¿Cuántos agentes están capacitados para atender delitos digitales contra menores? ¿Qué recursos tienen las policías cibernéticas y las fiscalías para analizar evidencias, rastrear perfiles falsos y perseguir a quienes cometen los delitos?
La policía cibernética debe prevenir y concientizar mediante campañas, alertas y actividades en las escuelas. ¿Alguien está enterado de ellas? Monitorea espacios públicos de Internet para detectar riesgos, identificar nuevas formas de operar de la delincuencia y orientar a víctimas de acoso, amenazas, extorsión, sextorsión, suplantación de identidad y grooming.
El trabajo de la “policía digital” es preservar evidencias, analizar rastros digitales y colaborar con el Ministerio Público y las fiscalías en las investigaciones. Ninguna plataforma puede sustituir esas atribuciones. Una red social puede retirar una cuenta, pero eso no identifica al responsable ni acredita un delito ni garantiza que la víctima reciba protección.
El decreto no establece metas para fortalecer esas capacidades policiales, plazos para mejorar la atención de denuncias ni indicadores para medir los resultados de las investigaciones. Tampoco define un esquema operativo que permita conocer cómo se coordinarán las plataformas, las policías cibernéticas, las fiscalías, las escuelas y los servicios de salud.
La Secretaría de Salud diseñará e implementará estrategias y programas de salud mental para niñas, niños y adolescentes. ¿Todavía no los tiene? La Secretaría de Educación Pública fortalecerá las habilidades socioemocionales, promoverá el uso seguro y crítico de las plataformas e impulsará actividades escolares, buzones confidenciales y protocolos de acompañamiento. ¿Cuándo y cómo va a ocurrir todo eso? ¿Qué presupuesto requiere y cuántos psicólogos demanda? De entrada es un error pensar que los maestros están capacitados para atender problemas de salud mental.
El decreto no fija plazos específicos para poner en marcha estas acciones, metas verificables, indicadores de cumplimiento ni recursos asignados. ¿Cuándo estarán disponibles los programas? ¿Qué escuelas recibirán apoyo primero? ¿Cuántos especialistas atenderán a los menores? ¿Cómo se evaluará la violencia escolar? En educación básica existen 233,000 escuelas públicas y privadas. ¿Existe ese mismo número de especialistas en salud mental? ¿Quién va a formar ese talento para 22.8 millones de estudiantes? ¿Un psicólogo es suficiente para una escuela?
La norma exige a las plataformas documentar e informar acciones que adopten para cumplir las disposiciones en un plazo de 30 días. Para las medidas de salud mental y educación no establece un calendario equivalente. Para las empresas hay obligaciones concretas y una fecha de cumplimiento. Para las tareas centrales del Estado hay compromisos sin una ruta de ejecución definida.
Retirar de inmediato contenidos sobre violencia exige criterios claros para distinguir entre material que promueve conductas dañinas y contenido periodístico o de interés general. El decreto obliga a publicar criterios de moderación, pero no un procedimiento de revisión y reclamación.
Proteger a la niñez en Internet requiere colaboración de las plataformas, pero sobre todo atender las causas y las consecuencias de la violencia. El ciberacoso puede continuar en el aula, el hogar, la calle.
Las plataformas son responsables de sus servicios. El Estado lo es de la seguridad de la infancia. Si el gobierno exige que las plataformas vigilen, pero no emprende acciones para prevenir la violencia fuera de pantallas, podrá presumir contenidos eliminados, pero no afirmar que resolvió el problema.
Twitter: @beltmondi

