Lectura 4:00 min
Oscuridad en el “Derecho de réplica” de Alcalde

Diana N. Ronquillo | Pendiente Resbaladiza
El 3 de junio de 2026, un particular presentó una solicitud de acceso a la información ante la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, en la que pidió el “documento en el cual se explique la metodología utilizada en la nueva sección Derecho de Réplica, encabezada por la titular de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde para determinar cuáles noticias o reportajes aparecerán en ella y porque [sic] son considerados falsos o engañosos”. Mediante oficio número 100/CJEF/CEI/0002/2026, del 19 de junio, la Consejería Jurídica contestó la solicitud, aclarando que su obligación de transparencia no implica que deba “elaborar documentos ad hoc, generar estudios, producir metodologías inexistentes o construir información específica para atender una solicitud”. No obstante, en un ánimo de orientar al particular, la autoridad remitió al solicitante a la conferencia de “Derecho de réplica” del 3 de junio, destacando el segmento en el que se abordó “el derecho que tiene el Gobierno de México de contar con un espacio para difundir y contrastar las noticias falsas que se presentan en los medios”.
Sorprende la audacia de la respuesta, en la que sin pudor alguno la Consejería reconoció que no sigue metodología alguna para llevar a cabo un acto administrativo como el segmento de “Derecho de réplica”, y además agregó que no tiene por qué elaborar una, sólo porque un particular lo pida. Si existiera todavía el INAI, o si tuviéramos un Poder Judicial autónomo, esta respuesta implicaría un reconocimiento expreso por parte de la autoridad, de su propia violación al principio de legalidad previsto en el artículo 16 de la Constitución y sería suficiente para suspender la transmisión del segmento de “Derecho de réplica”. Las autoridades tienen prohibido ejecutar actos que no se encuentren expresamente previstos entre sus facultades, menos aún si son de molestia para los particulares. El hecho de que un partido político controle mayoritariamente a los poderes e instituciones del Estado no lo exime de cumplir con este principio. Una frase de la Consejera no es fundamento suficiente para satisfacer el principio de legalidad. El 23 de julio de 2026, otro particular presentó una solicitud de información, preguntando los nombres del personal de la Consejería que trabaja en las conferencias de “Derecho de réplica” y el costo que tenía la producción de cada episodio. Mediante oficio 100/CJEF/DL/0011/2026, del 19 de agosto de 2026, la Consejería contestó que dicha sección “no cuenta con una plantilla asignada… por lo que el personal que participa en la búsqueda, y recopilación de información… es aleatorio, en virtud de que la participación de las personas servidoras públicas depende de la disponibilidad de tiempo” y “estas actividades se llevan a cabo de forma complementaria”. Básicamente, los servidores públicos desmienten noticias como hobby.
Por lo que hace al costo de producción, la autoridad contestó que no se localizó evidencia de la información solicitada, pero que las conferencias se realizan “en el Salón Tesorería de Palacio Nacional, espacio que ya cuenta previamente con equipamiento, bienes e infraestructura, así como mobiliario y recursos necesarios”, y que “el aprovechamiento de dicha infraestructura responde a principios de austeridad republicana”. Parece que la lógica de Marcelo Ebrard para ocupar embajadas del Gobierno mexicano ha inspirado a la Consejería. Las instalaciones de Palacio Nacional, y de todos sus salones, se pagan y mantienen con recursos públicos, cuya aplicación se encuentra estrictamente regulada. El hecho de que ya estén equipados, no significa que su uso no tenga costo, o que se pueda “prestar” arbitrariamente para que los servidores públicos lleven a cabo “actividades complementarias”. Por si fuera poco, a partir del 12 de agosto, cuando Luisa Alcalde expuso en su segmento el famoso análisis del ecosistema digital de derecha, que derivó en la lista -no lista- de periodistas críticos, se ha presentado al menos una decena de solicitudes de información preguntando por la metodología y costos del análisis; la Consejería ha contestado que “no se localizó evidencia documental”.

