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Cámara Inversores, ya se la saben, bonos y aguinaldo primero

“Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos”, Art. 87 Ley Federal del Trabajo.
El aguinaldo es conforme a la tradición cristiana una gratificación o regalo que se entregaba en Navidad o en la fiesta de la Epifanía. En términos generales implica una dádiva o propina, pero en nuestro sistema jurídico, claramente es un derecho ganado por los trabajadores que no está sujeto a interpretación o discusión alguna. Adicionalmente, en estas fechas, hay empresas que reparten entre sus colaboradores ciertos bonos o premios relacionados con productividad y cumplimiento de metas. Lo que es un hecho, es que desde mediados del mes de noviembre crece la liquidez de los asalariados del sector formal y esto es algo bien sabido por las organizaciones delictivas desde siempre.
Independientemente, de los ilícitos que por este motivo puedan presentarse como los asaltos o los robos, hay otra vertiente importante de afectación patrimonial de las personas que se da a través del fraude en sus diversas modalidades. Como en todo, hay organizaciones delictivas muy básicas y otras que invierten en el diseño de esquemas, publicidades, en ocasiones oficinas y centros de atención telefónica para maquinar e implementar tales delitos. Suele suceder que, para tales efectos, estas operan con cuentas bancarias para recibir los depósitos esperados y otros elementos que las hacen ver como alternativas reales para hacer inversiones.
Dentro de las diferentes prácticas que hay en la materia, una de las más comunes es la venta de vehículos usados de una supuesta flotilla de una importante empresa, banco o incluso entidad o dependencia gubernamental que se encuentre en el proceso de sustitución de activos. Obvio, el resultado es que los anticipos o enganches pagados por los inversores víctimas jamás serán devueltos y por supuesto, ni los vehículos “comprados” serán entregados. Las investigaciones pocas veces arrojan resultados positivos, ya que las empresas fraudulentas desalojan las oficinas que ocupaban, vacían y cancelan las cuentas utilizadas para la recepción de recursos, y las personas morales utilizadas en el esquema no cuentan con activos y comúnmente, sus accionistas son de falsa identidad.
De la misma manera que los mercados financieros evolucionan, particularmente a través del uso de tecnologías de vanguardia, lamentablemente también sucede lo mismo con el crimen organizado. Reforzado con estrategias de marketing, auxiliado por diseñadores y demás profesionistas especializados, montan plataformas y escenarios con uso de terminología propia de la industria financiera, que atraen a los incautos ofreciendo rendimientos substancialmente mayores a los promedios del mercado.
El otro día comentaba con un grupo de colegas y coincidimos en que es frecuente ver en diferentes redes sociales ofertas para invertir en títulos accionarios de bancos y otras importantes empresas privadas, e incluso, de Empresas Productivas del Estado como Pemex y CFE, entre otras. Al respecto, llaman la atención varios aspectos: (i) aún suponiendo que los títulos ofertados aludan a empresas públicas o emisoras; tales conductas transgreden lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores y disposiciones aplicables, en varios supuestos que van desde los sujetos que debieran estar autorizados para transaccionar valores, la forma de publicitar las ofertas y su supuesto proceso de registro, custodia, compensación, liquidación, entre otras varias; (ii) en el caso de las Empresas Productivas del Estado, además implica desconocer su propia naturaleza jurídica y regulación a la que se encuentran sujetas; (iii) en algunos supuestos, también pudiera incurrirse en conductas sancionadas por la Ley de Instituciones de Crédito por tratarse de esquemas de captación irregular; y (iv) los supuestos “agentes financieros” suelen utilizar denominaciones en idioma inglés para agregarle más caché a sus promocionales, y evidentemente, no son entidades financieras reguladas ni supervisadas.
Estas conductas evidentemente ponen en riesgo a la gente que decide confiarles y hacer los depósitos señalados, quienes al verse afectados podrán ejercer las acciones legales correspondientes, pero también pudiera implicar una afectación reputacional a las empresas privadas, bancos, Empresas Productivas del Estado y Entidades y dependencias que sean mencionadas. Lo anterior, sin perjuicio de las facultades de investigación y sanción que siempre tiene la autoridad financiera cuando toma conocimiento de irregularidades como las que actualmente se están publicitando en redes sociales.
Finalmente, aquí el arma que subyuga no es una pistola, sino la propia ambición de la gente al querer ganar substancialmente más que lo que en promedio se paga en el mercado por el capital que puedan depositar. Hábilmente, estos grupos promueven inversiones desde $100 o $1,000 pesos con la intención de llegar a segmentos de la población con nula o muy deficiente cultura financiera. Aquí es donde además de las acciones formales que puedan llevar a cabo los afectados, las campañas de difusión preventiva por parte de autoridades financieras como la CNBV o la CONDUSEF y la publicidad de sus registros y padrones de entidades supervisadas, pueden contribuir de manera importante, a evitar estas lamentables pero comunes prácticas.
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