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La homologación del IVA es constitucional

No afecta el principio de equidad tributaria, coincidieron nueve de 11 ministros.

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Con una mayoría de nueve votos de 11, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la constitucionalidad de la homologación del Impuesto al Valor Agregado (IVA), aprobada en la reforma fiscal del 2013.

En la cuarta sesión para abordar dos acciones de inconstitucionalidad promovida por senadores y diputados del Partido Acción Nacional, Partido de la Revolución Democrática, Movimiento Ciudadano y Partido del Trabajo, la contundente mayoría de los ministros consideró que el incremento en la tasa de gravamen de 11 a 16% no violó la garantía de equidad tributaria.

El único ministro del pleno que se mostró en contra de la medida fue Alberto Pérez Dayán. El ministro a cargo del proyecto de sentencia mismo que fue adoptado por la ministra Margarita Luna , Sergio Valls, no emitió su voto debido a que se encuentra en licencia por motivos de salud.

Creo yo que, así leída, simplemente parecería que los fines extrafiscales pesaron más que el principio de equidad tributaria, cuando no lo fue , dijo el ministro Pérez Dayán.

El IVA fronterizo estaba vigente por segunda ocasión desde 1995 (la primera fue en 1998 y luego se derogó) para estimular la competitividad de las ciudades que se ubican en estas zonas frente a sus vecinos extranjeros, quienes aplican menores impuestos al consumo. Como parte de la reforma fiscal aprobada el año pasado, la tasa se homologó con el resto del país, es decir a 16%, a partir de enero de este año.

Al respecto, la ministra Margarita Luna Ramos expuso que la tasa diferenciada correspondió a una medida extrafiscal que buscaba apoyar la competitividad económica de los estados que tienen frontera con Estados Unidos y en una situación de crisis como la que se registró en 1995.

Por ello, dijo, en el pasado la Corte no se pronunció sobre la inconstitucionalidad de la medida, ya que la tasa preferencial para zonas fronterizas no era inequitativa ni afectaba el principio de equidad tributaria.

HISTORIA DEL IVA

El Impuesto al Valor Agregado nació en 1978 con una tasa diferenciada de 6% para la zona fronteriza y de 10% en el resto del país.

Fue en 1991 cuando se homologó por primera vez a 10 por ciento. En 1995 se volvió a establecer una tasa diferenciada respondiendo a una situación económica especial que sufría el país, recordó la ministra Luna.

En ese entonces, prosiguió, se dijo que por razones de tipo económico era prudente aumentar la tasa generalizada y mantener la de 10% en frontera, pero se dio por razones de tipo totalmente económico , reiteró.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación examinó el problema de equidad en 1997, cuando existía una tasa de 10% en la frontera y 15% en general, ya que se dijo que era algo inequitativo porque le daba un trato diferente a sujetos iguales.

En esa ocasión, la Corte resolvió que no se violentaba el principio de equidad tributaria , argumentó.

La Corte determinó que la desaparición del IVA fronterizo tampoco es contrario a los principios pro persona, de razonabilidad legislativa, ni al derecho de propiedad.

El pleno continuará el lunes analizando las impugnaciones que los legisladores federales hicieron en contra del aumento del ISR y la desaparición del Régimen de Pequeños Contribuyentes.

ana.langner@eleconomista.mx

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