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Justicia de EU suspendió apelaciones vinculadas al caso YPF

Tras el fallo del 27 de marzo, que dejó sin efecto la condena que obligaba al país sudamericano a pagar más de 16,000 mdd, la Corte de Apelaciones de NY consideró que no tiene sentido dar lugar a otros reclamos relacionados

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Para Argentina, el fallo sobre YPF representa el fin de una amenaza que durante años pesó sobre sus finanzas públicas. foto especial

La Cámara de Apelaciones de Nueva York dejó en suspenso todas las apelaciones vinculadas al caso YPF, en una decisión que consolida el fallo favorable a la Argentina y pone en retirada al fondo británico Burford Capital. El tribunal también canceló la audiencia que estaba prevista para el 16 de abril, donde se iban a tratar esos recursos.

La medida es consistente con la decisión previa del tribunal de dejar sin efecto la condena que obligaba al país a pagar 16,000 millones de dólares, en el marco del juicio iniciado por la estatización de la petrolera YPF, ocurrida en 2012.

Entre las apelaciones suspendidas se encontraba la presentada por la propia Argentina contra una orden de la jueza Loretta Preska. Esa orden obligaba al país a entregar acciones de YPF a los acreedores, una exigencia que quedó en pausa tras esta nueva disposición del tribunal.

-El fallo quedará firme una vez que se resuelvan los dos recursos que aún puede intentar Burford Capital:

-Reconsideración en banc, es decir, ante el plenario completo de la Cámara de Apelaciones.

Recurso de certiorari ante la Corte Suprema de los Estados Unidos.

En este contexto, el fondo británico ya solicitó una extensión del plazo hasta el 8 de mayo para preparar su pedido de revisión. El fondo argumentó que su abogado principal, Paul Clement, tiene obligaciones profesionales y personales que le impedirían preparar una presentación adecuada en el plazo original. La decisión de la Cámara tiene implicancias profundas tanto para Argentina como para el mundo de los litigios financieros internacionales. El fallo favorable al país sostuvo, en términos generales, que el Congreso y las leyes que este dicta prevalecen sobre el estatuto de YPF y el de cualquier otra empresa.

El tribunal argumentó que, según la legislación argentina, los estatutos de una sociedad anónima tienen un carácter organizativo interno. En consecuencia, no constituyen contratos bilaterales exigibles entre accionistas privados y el Estado. Esta interpretación fue determinante para descartar que la expropiación generara automáticamente una obligación contractual indemnizable.

Para Argentina, la decisión representa el fin de una amenaza que durante años pesó sobre sus finanzas públicas. La condena original de 16,000 millones de dólares representaba una cifra imposible de afrontar en el contexto económico actual del país.

La reacción de Burford Capital

Tras conocerse el fallo, el fondo inglés no ocultó su malestar. En un comunicado oficial, Burford afirmó que la decisión del Segundo Circuito es “sin duda, muy decepcionante y representa un notable abandono de los derechos de los accionistas minoritarios” de la Bolsa de Nueva York. Sin embargo, el fondo no cerró la puerta a continuar la disputa. Señaló que “el arbitraje de tratado de inversión sigue siendo una perspectiva totalmente viable” si no logran revertir el fallo por la vía judicial estadounidense. Esto indica que la batalla legal podría trasladarse a otro escenario internacional.

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