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Impuestos, el pase para venderle a gobierno

El artículo 32-D del Código Fiscal, certifica a los contribuyentes

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El artículo 32-D del Código Fiscal, certifica a los contribuyentes

Para convertirse en un proveedor de gobierno que esté a punto de licitar en una transacción de bienes o servicios cuyo monto de facturación es superior a 300,000 pesos, sin tomar en cuenta el Impuesto al Valor Agregado (IVA), es necesario que presente una Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales ante la dependencia de la administración pública federal que realice el concurso para que sean tomados en cuenta.

“La Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales es un requisito establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación para ingresar a una licitación y es un documento a través del cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT) certifica que el contribuyente está inscrito en el Registro Federal de Contribuyente (RFC) y que esta el corriente en la presentación de sus declaraciones obligadas”, explicó Griselda González Méndez, administradora de promoción y vigilancia del cumplimiento del SAT, durante el tercer día de Compras de Gobierno Expo 2013.

Otro aspecto que certifica este documento, es que los contribuyentes no tengan algún cargo por créditos fiscales, sin embargo, y en caso de que se cuente con alguno, se garantiza que están autorizados a pagar en plazos o parcialidades, o bien que se haya interpuesto algún medio de defensa.

Los créditos fiscales que un contribuyente puede tener, de acuerdo con Griselda, dependen de las actividades económicas que cada contribuyente realiza y principalmente se deben a la falta de pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) , Impuestos a los Depósitos en Efectivo (IDE) o el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en e l caso de los productores de bebidas alcohólicas, servicios de comunicaciones y sorteos.

“En el caso de las personas cuyas actividades les generan IEPS por la producción e bebidas alcohólica de más de 20°, la Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales también se certifica que hayan presentado una declaración de aquello que están produciendo, el equipo utilizado en la destilación o desnaturalización de las bebidas, que haya presentado el folio de marbetes y precintos y la cantidad de litros generados”, detalló la vocera del SAT

Para obtener una Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales un contribuyente debe:

  • Ingresar al apartado de trámites y servicios del sitio www.sat.gob.mx
  • Proporcionar su RFC y la Clave de Identificacion Electrónica Confidencial (CIEC)
  • En la opción Servicios por Internet elegir Cumplimiento de Obligaciones
  • Para consultar Opinión del Cumplimiento seleccionar Reporte
  • Guardar el archivo o imprimirlo
  • La vigencia del documento es de un mes después de emitido

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