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Entrada de mercancías subvaluadas a México genera daño irreversible a la industria nacional: ANAM
La entrada al país de mercancías subvaluadas da una ventaja indebida a quienes no cumplen con la ley y además genera un daño irreversible a la industria nacional, advirtió el titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), Héctor Alonso Romero.
El Puerto de Lázaro Cárdenas, Michoacán es el centro portuario más joven de México y el de mayor crecimiento. Foto EE: Archivo
La entrada al país de mercancías subvaluadas da una ventaja indebida a quienes no cumplen con la ley y además genera un daño irreversible a la industria nacional, advirtió el titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), Héctor Alonso Romero.
Por ello, argumentó el funcionario, es que el gobierno federal propone modificar la Ley Aduanera para endurecer el combate a la subvaluación y asegurar que las mercancías que entren al país lo hagan con una valuación correcta.
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“No se les puede dar ventaja a aquellos que de manera incluso a propósito declaren incorrectamente un valor en las aduanas y eso les permite pagar menores contribuciones, pagar menores aranceles”, dijo el titular de la ANAM.
Durante una reunión de trabajo con diputados, Romero explicó que el Ejecutivo federal identificó limitaciones en la Ley Aduanera vigente que permiten la entrada de mercancías subvaluadas al mercado nacional.
Por ejemplo, explicó, el marco vigente exige que la subvaluación de una mercancía sea superior al 50% para que pueda ser embargada precautoriamente.
Además de que cuando una mercancía presuntamente subvaluada es embargada, el importador puede dar garantías que permiten su salida de las aduanas y su entrada al mercado nacional.
El problema, argumentó, es que cuando una mercancía subvaluada entra al territorio nacional se genera un daño irreversible a la industria local.
“La producción que se deja de hacer por mercancía que es importada en condiciones dispares no se puede recuperar. Sufre ese efecto que se traduce en pérdida de empleos, se traduce en menor actividad económica, se traduce en cierre de plantas”, dijo.
De ahí que explicó, es fundamental modificar la ley para evitar que los importadores se aprovechen de las limitaciones que tiene la ley vigente para introducir mercancías subvaluadas y así evitar los impactos que la industria nacional resiente cuando no hay condiciones equitativas para todos.
¿Qué cambios se proponen?
Entre los cambios propuestos en la iniciativa de reforma están facultar a las autoridades a que puedan embargar la mercancía aun cuando la subvaluación sea menor a 50 por ciento.
“Actualmente si la subvaluación es del 49%, aduanas no puede llevar a cabo un embargo precautorio y la mercancía ingresa al territorio nacional. Se puede embargar después de verificar si el valor fue correcto o no, pero la mercancía ya ingresó al territorio nacional y generó daños a la industria”, indicó.
Además, en la iniciativa también se propone que cuando la subvaluación sea mayor a 20%, el importador pueda sustituir el embargo precautorio sólo con un depósito en efectivo de la cantidad de impuestos que debería pagar por la diferencia entre el valor declarado y el que la autoridad considera para mercancías similares.
Actualmente, el importador debe hacer el depósito en efectivo para sacar su mercancía de la aduanas solo cuando la subvaluación es de más del 50 por ciento.
El titular de la ANAM enfatizó en que con la modificación del umbral de 50 a 20% para el depósito en efectivo se garantizará que si después de un procedimiento administrativo, se determina que sí hubo subvaluación, la ejecución de la garantía sea mucho más expedita.
Además, agregó que con esa modificación se garantizará un piso parejo para todos los participantes económicos, pues el valor de las mercancías en el mercado nacional será equitativo.
En la reforma se plantea que solo cuando la subvaluación sea menor a 20%, el importador podrá sustituir el embargo precautorio mediante una de las garantías en cuenta aduanera que hoy contempla la ley aparte del depósito en efectivo, como lo son fianza o seguro de caución, carta de crédito, prenda o hipoteca.
Reforma se alinea al Plan México
Romero agregó que la reforma aduanera también propone establecer un tiempo determinado en el cual se regrese la mercancía y la garantía al importador cuando, tras un procedimiento administrativo, se acredite que no hubo subvaluación, pues actualmente la ley no contempla un periodo determinado.
“Mantenemos los tiempos de resolución, en un plazo que no exceda de 4 meses una vez que el expediente se encuentre debidamente integrado”, agregó.
Finalmente, destacó que la reforma a la Ley Aduanera se alinea al objetivo del Plan México de fortalecer al mercado interno y la producción nacional como parte de la estrategia de desarrollo del país.