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La Suprema Corte atrae amparo emblemático de Guerra Sucia
El pleno de la Suprema Corte atrajo la resolución del amparo en revisión 185/2024 sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco el 25 de agosto de 1974, en Atoyac de Álvarez, Guerrero, por el Ejército Mexicano durante la llamada Guerra Sucia en México.
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) atrajo la resolución del amparo en revisión 185/2024 sobre la desaparición forzada de Rosendo Radilla Pacheco el 25 de agosto de 1974, en Atoyac de Álvarez, Guerrero, por el Ejército Mexicano durante la llamada Guerra Sucia en México.
De acuerdo con la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el “llamado Caso Radilla es un referente en el derecho mexicano por establecer la obligación del Estado mexicano de adoptar estándares del derecho internacional en relación con la investigación y sanción de la desaparición forzada”.
La solicitud 1642/2024 de ejercicio de dicha facultad, formulada por Loretta Ortiz Ahlf, fue aprobada a mano alzada por Hugo Aguilar Ortiz, presidente del máximo tribunal constitucional, Irving Espinoza Betanzo, Yasmín Esquivel Mossa, Lenia Batres Guadarrama, Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García; Estela Ríos González se abstuvo de votar, Sara Herrerías se declaró impedida legalmente para conocer del caso y Ortiz Ahlf no asistió.
Aguilar Ortiz consideró que el asunto “sí tiene la relevancia y trascendencia necesaria para que se atraiga por La Corte”, al tratarse “de hechos acontecidos en la etapa de la historia de nuestro país que se conoce como la Guerra Sucia; en este caso en particular, hechos acaecidos en la década de los 70, en el 74 específicamente…”
Para Figueroa Mejía, la atracción de amparo en revisión permitirá a la Corte “interpretar el artículo 2 del Pacto de San José para definir el alcance de las medidas que el Estado debe acoger internamente para garantizar los derechos humanos y, además, nos permitiría fijar un estándar claro frente a las omisiones de investigación estatal, que es un deber de esta Corte como guardián no sólo de la Constitución sino también de la Convención (Americana sobre Derechos Humanos)”.
Y que la resolución del caso servirá para sentar un precedente “que equilibre la autonomía ministerial con el deber constitucional y, además, con el interés interamericano de garantizar la verdad, la justicia y un recurso efectivo”, aunque dijo que no desconoce la jurisprudencia sobre desaparición forzada ni que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha declarado cumplidas diversas reparaciones tanto normativas como económicas del caso Radilla Pacheco.
“Sin embargo, como el propio Tribunal Regional reconoció el 22 de junio de 2022 continúan pendientes las medidas más sustantivas: la investigación diligente, la búsqueda de la víctima y su rehabilitación, omisiones que justamente hoy reclaman las recurrentes”, afirmó.