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Política

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Revierten criterio del INE por boletas planchadas

El acuerdo fue impugnado por los cinco partidos políticos de oposición nacionales.

El acuerdo original en el INE fue presentado por la consejera Frida Gómez y respaldado por la consejera presidenta Guadalupe Taddei, Norma Irene de la Cruz, Blanca Cruz, Jorge Montaño y Arturo Chávez.foto: especial

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) asestó un nuevo revés al INE al invalidar el lineamiento que permitía la contabilización de las llamadas boletas “planchadas”; el tribunal confirmó que estas papeletas son ilegales y no pueden ser contadas como validas en una elección.

Por unanimidad de votos, el máximo tribunal en materia electoral respaldo el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, en el que se advirtió que las llamadas boletas “planchadas”, es decir, las boletas que aparecen completamente lisas dentro de las urnas y sin marcas de doblez, no cumplen con lo estipulado en la ley electoral, la cual establece una secuencia material de la emisión de un voto: marcar, doblar y depositar la boleta en la urna.

“Si bien, el INE cuenta con facultades para regular las incidencias que surjan durante los cómputos, una boleta que carece de las marcas de doblez materialmente necesarias no puede vincularse objetivamente con un sufragio efectivamente emitido en la casilla”, se dijo.

Al exponer su proyecto, el magistrado Felipe de la Mata Pizaña no dudo en señalar que no hay una manera racional de justificar lo aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Incluso, sostuvo que “es evidente que esto es ilícito”.

Y es que el propio magistrado ejemplificó con una boleta física la imposibilidad de ingresarla sin doblar en una urna electoral.

“Vamos a ver, aquí tengo un ejemplo gráfico. Esta es una boleta. La boleta mide 20 centímetros por 28 centímetros y esto rosa es justamente lo que equivale a una ranura. La ranura de la urna es de 12 centímetros por 3 milímetros. Es decir, la pregunta que inmediatamente nos hacemos es ¿es posible introducir esta boleta sin poder doblarla en la ranura?”, lanzó

El magistrado enfatizó que las boletas sin dobleces no pueden formar parte del cómputo, ya que “una boleta sin doblez no entró en la urna lícitamente, por tanto, no es voto”.

Afirmó que el doblez no es un simple requisito de forma, es la huella física de que las boletas siguieron el camino normal de la votación, por ello, si por el tamaño de la boleta y por las dimensiones de la abertura de la urna era necesario doblarla para depositarla, pero después aparece completamente extendida y sin ninguna marca de doblez, no habrá certeza del proceso, y tampoco se puede permitir que esa boleta modifique el resultado de una elección ni de un resultado electoral.

El proyecto del magistrado advirte que corresponde a la Mesa Directiva de casilla valorar las características de las boletas al realizar el escrutinio y cómputo original; excepcionalmente, corresponde al Consejo Distrital efectuar nuevamente esa valoración.

Por lo anterior, se dio la razón al PAZ, SOMOS, MC, PRI y PAN que interpusieron impugnaciones en contra del acuerdo presentado por la consejera Frida Gómez y respaldado por la consejera presidenta Guadalupe Taddei, Norma Irene de la Cruz, Blanca Cruz, Jorge Montaño y Arturo Chávez, relativo al tratamiento de las boletas sin marcas de doblez.

Dicho acuerdo incorporaba un apartado que marcaba que en el caso de que, durante un nuevo escrutinio y cómputo, se detecte una boleta sin las marcas de dobleces necesarios para su depósito en la urna, la boleta se reserva, se documenta el incidente y el Pleno del Consejo Distrital determina mediante votación si procede o no computarla.

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