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Finanzas Personales

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Servicios de las afores: retiro por negativa de pensión

En colaboraciones anteriores hablamos acerca de los retiros por desempleo y matrimonio, en esta ocasión hablaremos acerca del retiro de recursos por negativa de pensión.

En colaboraciones anteriores hablamos acerca de los retiros por desempleo y matrimonio, en esta ocasión hablaremos acerca del retiro de recursos por negativa de pensión.

Nos enfocaremos en dos modalidades de pensión: por Cesantía en Edad Avanzada y pensión por Vejez.

El artículo 154 de la Ley del Seguro Social (LSS) establece que, para poder gozar de una pensión por Cesantía en Edad Avanzada, el trabajador debe tener reconocidas ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), al menos 1,250 cotizaciones semanales y tener por lo menos 60 años de edad. Cuando el trabajador no logra reunir dichas condiciones, podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

Por otro lado, para tener derecho a una pensión por Vejez, el artículo 162 de la LSS establece que el trabajador deberá tener cumplidos 65 años de edad o más y tener reconocidas ante el instituto un mínimo de 1,250 cotizaciones semanales. En caso de que el trabajador no cumpla con los requisitos podrá retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que opere su pensión.

Es decir, si un trabajador tiene la edad para solicitar pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez, deberá haber cotizado al menos durante 1,250 semanas, de lo contrario, no podrá recibir la pensión y se le otorgará una negativa de pensión, donde podrá recibir el dinero acumulado en la cuenta individual en una sola exhibición.

Como observamos líneas arriba, los trabajadores tienen la opción de continuar cotizando para alcanzar las semanas requeridas y así obtener una pensión por alguna de las modalidades que les corresponda. En el caso de que un trabajador no desee seguir cotizando para cubrir las semanas de cotización necesarias para obtener una pensión, podrá solicitar los recursos de su cuenta individual mediante una negativa de pensión. Para ello es necesario:

• Tramitar una negativa de pensión en el IMSS.

• Estar registrado en una afore.

• Contar con un Expediente de Identificación del Trabajador.

Una vez que el trabajador cuente con la resolución de negativa de pensión otorgada por el IMSS deberá:

Acudir a su afore y presentar:

• Solicitud de disposición de recursos, llenada y firmada (proporcionada por la afore).

• Resolución de negativa de pensión.

• Identificación oficial.

• Estado de cuenta o documento que acredite su registro en la afore.

• Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (en caso de que solicite una transferencia electrónica).

Una vez procesada la solicitud, la afore entregará en una sola exhibición la totalidad de los recursos acumulados en la cuenta individual.

Si tienes dudas sobre cómo tramitar tu pensión o negativa de pensión, puedes comunicarte con tu afore donde te orientarán sobre tu caso.

Para obtener mayor información sobre el sistema de pensiones visite la página de Internet: www.amafore.org.

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