Buscar
Finanzas Personales

Lectura 3:00 min

¿Quién puede ser beneficiario de su afore?

Si usted deja a su tía, primo o sobrino como benefactor de su afore su voluntad no se llevará a cabo, debido a que existe un hueco legal.

Si usted deja a su tía, primo o sobrino como benefactor de su afore su voluntad no se llevará a cabo, debido a que existe un hueco legal.

La Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social no permiten que el trabajador designe a personas ajenas al círculo familiar para que dispongan de los recursos de la cuenta individual de la administradora de fondo ahorro para el retiro, sólo los familiares directos pueden retirar esos recursos.

Los beneficiarios registrados por los trabajadores en afores no tienen validez legal, a menos de que éstos sean familiares directos, debido a que el Seguro Social sólo reconoce como favorecidos de la pensión a los padres, hijos o pareja , afirmó Gerardo López Jiménez, director general del despacho López Jiménez Abogados, especialistas en el sistema de ahorro para el retiro.

Hay poca información para los trabajadores

Sobre el tema, Alfredo Honsberg, director general de Afore Azteca, reconoció que la situación de los beneficiarios es uno de los temas que casi no se informa al asalariado.

Esa es la parte de la información que hace falta que llegue al trabajador , aseveró el directivo.

Las personas pueden poner a quienes deseen como beneficiarios, pero el Seguro Social sólo reconoce al cónyuge, hijos y padres, expresó María Luisa Fernández, directora de Afore Banorte Generali.

Indicó que únicamente los recursos que el trabajador tenga como ahorro voluntario podrán destinarse a los beneficiarios que el trabajador quiera.

En el caso de aportaciones voluntarias, estos recursos sí se pueden entregar a la persona que el trabajador haya designado, sin importar si son familiares directos o no , argumentó la ejecutiva.

La Comisión Nacional de Ahorro para el Retiro (Consar) administra las cuentas de casi 41 millones de trabajadores y el rendimiento neto promedio del sistema fue de 7.41% el año pasado.

El 25% de las demandas que reciben las afores es por situaciones relacionadas con la entrega de recursos a los beneficiarios, dijo López Jiménez.

Actualmente es una de las problemáticas legales que enfrentan las afores. Cuando muere el dueño de la cuenta asisten los favorecidos inscritos a reclamar el dinero, sin embargo, si éstos no son familiares directos del fallecido, los recursos no se pueden entregar , explicó.

La ley protege primero a los beneficiarios legales antes que a los que el dueño de la cuenta haya designado; es decir, a los padres, hermanos o hijos , dijo.

El especialista destacó que en las demandas realizadas por la adquisición de los recursos es la Junta de Conciliación y Arbitraje quien define a los beneficiarios y la forma en que se distribuirá la pensión.

Se han presentado casos en que el dueño de la cuenta individual fallece y se descubre que tenía dos familias, entonces ahí comienzan los juicios por designar quién recibirá los recursos , expresó.

El especialista precisó que se está estudiando una reforma para contemplar un procedimiento más sencillo, donde se diga desde la apertura de la cuenta a quién se le darán los recursos y así evitar que los beneficiarios realicen el gasto que implica un largo juicio.

ytorres@eleconomista.com.mx

Únete infórmate descubre

Suscríbete a nuestros
Newsletters

Ve a nuestros Newslettersregístrate aquí

Últimas noticias

Noticias Recomendadas