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Sener emite reglas para almacenamiento de electricidad

Este jueves la dependencia también publicó las reglas para la migración de permisos de producción independiente de energía y para la cogeneración eléctrica.

Las nuevas DACG también fijan las reglas para las centrales eléctricas que quieran pasar del esquema de PIE al nuevo esquema de venta de energía de largo plazo a CFE o al Mercado Eléctrico Mayorista.FOTO: ESPECIAL

La Secretaría de Energía (Sener) y la Comisión Nacional de Energía (CNE) publicaron este jueves en el Diario Oficial de la Federación tres normativas en materia eléctrica: los Lineamientos para la migración voluntaria de permisos de producción independiente de energía eléctrica; las Disposiciones Administrativas de Carácter General (DACG) para la generación de energía eléctrica en la modalidad de Cogeneración, y las DACG para la integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional.

Juan Carlos Solis, director de la Comisión Nacional de Energía dijo el miércoles en la Feria de Energía e Innovación para el Bienestar que se trata de disposiciones que avanzan para sentar las bases regulatorias del sector.

“Estamos hablando de que los detalles para la operación efectiva del sistema eléctrico nacional comienzan a despejarse en estas nuevas disposiciones y las que están por publicarse en estas próximas semanas”, dijo.

Los Lineamientos para la migración voluntaria de permisos de producción independiente de energía eléctrica del viejo al nuevo esquema determinan los procedimientos y requisitos para que las centrales de generación eléctrica que tengan un permiso vigente de Productor Independiente de Energía (PIE) realicen su migración voluntaria a cualquiera de las tres figuras que establece la nueva Ley del Sector Eléctrico.

En los lineamientos se establece que se puede hacer una migración a un nuevo contrato para tener la cobertura de la Comisión Federal de Electricidad (CFE); a un esquema de producción de largo plazo, o bien generar energía para su venta directa al mercado eléctrico mayorista (MEM).

Sin embargo, continúan vigentes algunos permisos de generación eléctrica bajo las modalidades que contemplaban las extintas Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE) y Ley de la Industria Eléctrica (LIE), como autoabastecimiento, cogeneración, pequeña producción, producción independiente, importación, exportación y usos propios continuos y de los contratos y convenios vinculados.

En lo relativo a las DACG de Cogeneración, se definió que los productores podrán colocar su energía bajo las figuras de Autoconsumo y Generación para el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Las centrales que tengan sistemas de cogeneración con una capacidad instalada menor a 0.7 megawatts no requerirán permiso un de generación.

La capacidad instalada que se aprobará para cada permiso será acorde a la demanda térmica y las necesidades de los procesos industriales asociados del proceso industrial de donde provengan.

A la vez, la CNE a cargo de Juan Carlos Solís Ávila publicó las Disposiciones Administrativas de Carácter General para la integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional.

Con estas DACG que tienen como objetivo establecer los requisitos que se deben cumplir para la integración de los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAEE) al Sistema Eléctrico Nacional, queda concluida la normativa para esta actividad, al explicarse los lineamientos de los servicios que pueden proveer y las modalidades de participación.

Karol García Zubía es reportera de Empresas y Negocios, especializada en temas de energía.

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