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Secretaría de Cultura acusa de malas prácticas a empresa japonesa en negociación por sarape artesanal
La Secretaría de Cultura aseguró que la empresa “antepuso su calendario comercial al interés de cerrar un acuerdo ético con las comunidades creadoras de Saltillo, Coahuila, y Contla, Tlaxcala, con quienes se había iniciado una mesa de negociación”.
La colección Junya Watanabe Man Fall/Winter 2022. Foto: Secretaría de Cultura.
La Secretaría de Cultura acusó de mala práctica en la etapa de negociación con las comunidades artesanales de Saltillo y Contla a la empresa de origen japonés Comme des Garçons. La marca negociaba con estas comunidades con el fin de poder utilizar los patrones tradicionales del sarape en algunos de sus diseños.
Comme des Garçons es una marca japonesa de ropa, la cual fue fundada por Rei Kawakub en 1969. En la actualidad, la marca cuenta con doce líneas de productos y una nutrida gama de perfumes.
La dependencia federal aseguró en un comunicado, que la empresa “antepuso su calendario comercial al interés de cerrar un acuerdo ético con las comunidades creadoras de Saltillo, Coahuila, y Contla, Tlaxcala, con quienes se había iniciado una mesa de negociación”.
La Secretaría de Cultura indicó que la rapidez con la cual la marca lanzó al mercado la colección Junya Watanabe Man Fall/Winter 2022 tuvo una afectación a la negociación con la que los artistas originarios esperaban acordar una propuesta de convenio justa.
La Secretaría indicó que en varias reuniones los creadores de Coahuila y Tlaxcala presentaron la petición de colocar una etiqueta a las prendas de la colección Junya Watanabe Man Fall/Winter 2022, con el fin de que se reconociera el derecho original de las comunidades de artistas.
Además, los creadores pedían un pago, de una cantidad no especificada por la dependencia, por los derechos de origen, así como apoyo con materiales y equipos de trabajo. A su vez, se solicitó a la marca que se organizara en conjunto un seminario internacional sobre los derechos colectivos.
Otra de las peticiones fue que la marca explorara la posibilidad de realizar una colección en colaboración con las comunidades creativas, ante esto, Comme des Garçons propuso explorar dicha posibilidad en una segunda etapa.
Pese a que ambas partes acordaron continuar las negociaciones para llegar a un acuerdo que se anunciaría en un comunicado conjunto, “el 17 de enero de 2022 la marca realizó el lanzamiento publicitario de la colección, anteponiendo su calendario comercial al interés de cerrar un acuerdo definitivo con las comunidades creadoras originales”, se indica en el escrito.
La dependencia resaltó que durante el lanzamiento publicitario de la colección no se citó en ningún momento a los creadores que venían trabajando en el proyecto de colaboración, incurriendo así en una mala práctica.
En el comunicado se indica que el proceso para dicha negociación inició el pasado 24 de noviembre del 2021. La dependencia dijo que en ese momento a través de la embajada de México en Japón, la Secretaría recibió un comunicado de la marca expresando su interés en conocer cuál era el procedimiento para utilizar los patrones tradicionales del sarape en algunos de sus diseños.
Otra de las acusaciones que hace la dependencia, es que la marca japonesa afirmó que trabajaba en colaboración con la Secretaría de Cultura, siendo esto erróneo ya que la dependencia sólo había fungido como facilitadora durante el proceso de negociación, se indica en comunicado.
La dependencia ya ha acusado con anterioridad a empresas como Zara, Louis Vuitton, entre otras de usar diseños sin autorización de las comunidades correspondientes.
La Secretaría de Cultura ha realizado acciones para la defensa del patrimonio cultural de las comunidades indígenas con el fin de evitar el plagio de sus elementos de identidad por parte de empresas nacionales y trasnacionales. Esto está avalado bajo la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, con la que se busca que se reconozca y garantice el derecho de propiedad de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas sobre los elementos que conforman su patrimonio cultural, sus conocimientos y expresiones culturales tradicionales, así como la propiedad intelectual colectiva respecto de dicho patrimonio.
Es así que se nombra "apropiación indebida" a la acción de una persona física o moral nacional o extranjera, por medio de la cual se apropia para sí o para un tercero, de uno o más elementos del patrimonio cultural, sin la autorización del pueblo o comunidad indígena o afromexicana que deba darlo conforme a lo establecido en la ley.